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APUNTES DE LA HISTORIA DEL CASTILLO DE GAUCIN. PERIODO
1868-1915.
CONTRATO DE COMPRAVENTA A D. FERNANDO GUERRERO MORALES
(1895)
Teodoro de Molina de Molina.
Gaucín.tv, 10 de agosto de
2006.
De niños nos hizo soñar con
mil y una batallas, donde el enemigo era incapaz de acceder a tan inexpugnables
murallas. Nuestra imaginación nos transportaba a épocas
de moriscos rebeldes, en disposición de hostigar a veteranos cristianos
leoneses curtidos durante años en el combate y dar muerte a sus
líderes, en las mismas puertas del castillo, después de
varios intentos por sofocar a los moriscos de Gaucín en incursión
realizada desde la fortaleza de Tarifa.
Siempre fue para nosotros
una tremenda dificultad poder acceder a su interior gateando, trepando,
y sufriendo la sensación de vértigo que dan las alturas
al escalar por la parte norte de sus paredes, desde los olivares del Tío
Eloy -finca Las Cuevas- hasta la misma base de la pared de mampostería
del llamado asilo de mendicidad, por aquel tiempo en ruina total, y hoy
felizmente rehabilitado gracias al programa Escuelas Taller del Ministerio
de Trabajo (algún día contaré la historia de aquel
proyecto rehabilitador). Pero tras varios intentos, conseguíamos
la hazaña de entrar en el recinto con el único utillaje
que dan las manos desnudas para agarrarse a las aristas de la dura roca,
y las sandalias de piel de vaca y suelas de gomas de camión que,
fabricadas en el taller de zapatería Montenegro, te servían
de apoyo en los salientes de las piedras o en las grietas producidas por
la erosión. Aquello fue inolvidable "habíamos logrado
lo que no hicieron los veteranos cristianos venidos de León y de
Castilla".
Por
aquel tipo de "gestos infantiles", por su imponente mole
que nos descubre el paisaje, cualquiera que sea el camino de entrada a
Gaucín, por el promontorio rocoso que soporta su torre cuadrada,
o ya por las "historias" de pasadizos secretos hasta el río
Genal o los que hablan de conductos hasta las casas de la calle Debajo
El Pilar, siempre me resultó enigmático la historia del
mismo.
Hoy, con esta nueva aportación
sobre la historia de nuestro castillo quiero recordar a los intrépidos
infantes a los que acompañé en aquella aventura de alevines
por la "reconquista" de las torres del Águila.
Por ello quiero dedicar este hallazgo a todos los que, en aquellos años
de finales de los cincuenta, intentamos, una y otra vez, hasta conseguir
la escalada y acceso a su interior por la cara norte: A
Paquito Cruz, a los hermanos Mendoza -Juan y Julio-, a Antonio Cantizano,
a Santiago Bordallo, a Manuel Ortega, a José Nieto (Joselito),
y a los que mi memoria impide que estampe su nombre en este escrito.
Hoy,
diversos estudios nos permiten conocer su origen, sus constructores, materiales
empleados, reparaciones producidas y funciones de nuestro Castillo a lo
largo de la Historia. De ellos destacamos la descripción que del
mismo se realiza en la página web, gaucinet.com,
de titularidad privada y dirigida por Miguel Domínguez Martínez.
La Actuación Arqueológica realizada en el Castillo de Gaucín,
dirigida por Carmen Peral Bejarano. El espacio dedicado (7 páginas)
por los Hermanos García Mota en su libro "GAUCÍN".
Los datos aportados por: castillosnet.org; es.vikipendia.org (Vikipedia,
la enciclopedia libre); Las diversas anotaciones realizadas por mi primo
Salvador Martín de Molina, en sus muchos artículos publicados,
o en su libro "GAUCIN 1742-1814", y el trabajo publicado en
este mismo espacio sobre "El Castillo de Gaucín", obra
de Genaro Pérez Villamil.
Todos ellos tienen algo en común. Hablan del castillo desde sus
orígenes hasta finales de la primera mitad del siglo XIX. Nada
se sabe, se ha dicho o escrito que nos revele los destinos del Castillo
del Águila a partir de 1843, fecha en que tiene lugar la explosión
del polvorín que destruyó parcialmente parte de sus almenas,
torres y edificaciones.
La
necesidad de conocer todos y cada uno de los aspectos que conciernen al
monumento mas emblemático de nuestro pueblo, así como la
fortuna, han hecho posible que recientemente haya tenido conocimiento
de documentación que acredita y despeja algunas de las incógnitas
sobre la propiedad de la misma.
Con la desaparición de los señoríos -las Cortes de
Cádiz (1811) afrontó la abolición del régimen
señorial con el Decreto fechado el 6 de agosto, que incorporaba
a la nación los derechos de señoríos, ...de cualquier
clase y condición-, el Castillo de Gaucín pasa de ser propiedad
de la Casa Ducal de Medina Sidonia a titularidad del Estado Español,
concretamente al Departamento de Guerra.
Con
motivo de la desamortización, el Castillo de Gaucín entra
a formar parte del paquete de bienes estatales de los que éste
decide desprenderse en publica subasta por no considerarlos de interés
estratégico o defensivo para los intereses de la nación.
Como consecuencia de esta decisión, el 14 de abril de 1869, se
celebra, en Málaga, acto público de subasta de varios inmuebles,
entre los que figura el Castillo de Gaucín. Al mismo acude, el
entonces párroco de Gaucín, D. Francisco Guerrero Morales,
natural de Ubrique, quién se adjudica la finca de unas dos fanegas
de tierra que ocupa el interior del recinto amurallado y todos los inmuebles
ubicados en el recinto.
D.
Francisco Guerrero Morales se adjudica el Castillo de Gaucín en
la cantidad de 190 escudos de plata o, lo que es lo mismo, 1900 reales
de vellón, pagaderos en 20 plazos, a razón de 17,50 pesetas
por año, figurando el año de 1889 como último plazo
para satisfacer el total de la deuda.
El Banco de España, Delegación de Málaga, acredita
que el 3 de octubre de 1895 se entregaron en la Caja de esa Institución
<<297 pesetas en plata
de ley y 50 céntimos en calderilla , de los plazos del 4º
al 20, ambos inclusive, vencidos en 16 de Noviembre de 1872 al 89, según
detalle del dorso por el remate de un edificio solar llamado Castillo
de Gaucín, término de esa Villa, procedente del Estado por
el ramo de Guerra, subastado en 2 de Junio de 1869 y adjudicado en 26
de Septiembre de dicho año en 350 pesetas con el número
.>>
Fue en Algatocín, un 8 de septiembre de 1895, día del Santo
Niño, hasta donde se desplazan Antonio de Molina e Ildefonso San-Daza,
naturales de Gaucín, quienes con el párroco de esa villa,
D. Francisco Guerrero Morales -antes lo fue de Gaucín-, natural
de Ubrique, intervienen todos en su propio nombre y derecho, y acuerdan
la compraventa del Castillo de Gaucín, propiedad del Sr. Guerrero
Morales, <<
quién
vende y enajena para siempre en favor de D. Antonio de Molina Fernández,
soltero, abogado y de treinta y cuatro años, y D. Ildefonso San-Daza
Moya, casado, veterinario y de 46 años, naturales y vecinos de
Gaucín para ambos y con iguales derechos
.>>
Pero
el documento de compraventa elaborado de puño y letra por el comprador
Sr. De Molina, firmado por los concurrentes al acto, incluidos dos testigos,
D. Francisco Mariscal Luna y D. Juan Andrades, describe la situación
exacta de la finca objeto de venta, <<
el Castillo de la dicha villa de Gaucín que se sitúa a las
afueras de la misma por levante y aneja a la ermita con su sacristía
del Santo Niño Dios que se venera en dicho Castillo, tiene una
casa llamada asilo de mendicidad
., linda por el Norte con viña
llamada de la Cueva de D. Diego Barroso, por Levante los peñascos
de la Cueva de los Murciélagos y camino de entrada y salida a la
Laguna
, por el Sur con tierras anejas al cementerio público
>>
.
Igualmente define el origen de propiedad,
y el precio de la transacción <<
subasta pública celebrada en Málaga el 14 de abril de 1869
en la cantidad de 190 escudos (1900 reales de vellón)...
.
cuya venta yo D. Francisco Guerrero Morales, hago en favor de los referidos
.. por precio de 269 pesetas que recibo en este acto de los
compradores en moneda de plata de buena ley; >>
Más adelante los compradores, Sres. de Molina y San-Daza, hacen
una declaración de intenciones explicando el origen de los fondos,
el objeto de la compraventa, y el destino de la misma <<
convienen
y declaran que la adquisición la hacen para el común de
los vecinos de la villa de Gaucín y público de otros puntos
que también tengan transitar por dicha fortaleza para ofrecer a
la Santísima imagen del Niño Dios.>>
El
vendedor impone en el contrato de venta del Castillo de Gaucín,
formalizado en Algatocín, el 8 de septiembre de 1895, varias condiciones
en el clausulado del mismo, que son aceptada por los compradores. A saber:
<<
el vendedor
efectúa la venta en cualidad de reservarse éste, por los
días de su vida, el usufructo de dicha fortaleza, y que a su fallecimiento
no se apoderen de ella ni sus herederos, ni persona alguna, con reserva
también de efectuar mejoras o reparaciones y dar vivienda a un
ermitaño o guardes de caridad y pobre de solemnidad, cuyas facultades
recaerán, al fallecimiento del vendedor, en los dichos dos hermanos
del Santo Niño..>>
Por último el vendedor se compromete a otorgar escritura de venta
en la Notaría pública, <<Yo
el vendedor me comprometo a otorgar con las condiciones dichas la correspondiente
escritura de venta en Notaría pública, luego que por el
Estado se me ha otorgado la de adquisición por virtud de la subasta
a la que se ha hecho mención.>>
Hasta aquí lo fundamental del documento
de compraventa realizado por el cura de Algatocín y los gaucineños,
y hermanos del Santo Niño, anteriormente señalados. Pero,
en el aire quedan algunas incógnitas no despejadas hasta la fecha.
¿Por qué no se escrituró la compraventa como habían
pactado los concurrentes en el acto de transmisión de la cosa?
A esta pregunta responde el titular del inmueble,
D. Antonio de Molina Fernández veinte años más tarde
(1915), en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Obispo de la Diócesis
de Málaga, (documento que poseemos y que es aclaratorio sobre algunos
aspectos de la Historia del Castillo en los años que van de 1869
a 1930). En el desarrollo de la exposición de motivos de su escrito
al Obispo manifiesta: <<Que
aunque en el documento privado existe la obligación de otorgar
escritura pública, esta no se llevó a cabo porque el notario
de esta villa era padre del que habla y había que ir fuera del
término a otorgarla
>>
¿Por
qué se pagó al Estado el remate de la fianza en 1895, cuando
la condición era hacerlo anualmente desde el 69 hasta el 89?
Esta cuestión se responde en la propia
carta de pago de la Hacienda Pública, y más concretamente
en el escrito que el comprador hace al Sr. Obispo de Málaga. La
carta de pago recoge en su anverso la deuda pendiente a la fecha de liquidación:
Un total de 17,50 pesetas por cada uno de los ejercicios presupuestarios
1872-73, hasta el último 1888-89 (Total doscientas noventa y siete
pesetas con cincuenta céntimos). Ocurrió que el párroco,
D. Francisco Guerrero Morales, fue trasladado a la parroquia de Algatocín.
Este hecho hizo que al bueno de D. Francisco, se desinteresara por pagar
la deuda contraída con Hacienda una vez trasladado. Según
los detalles solo pagó los tres primeros vencimientos. D. Antonio
de Molina, dice en su escrito al Sr. Obispo: <<....
lo adquirió en subasta pública el entonces cura de esta
villa D. Francisco Guerrero Morales, en 20 plazos, cuyo señor pagó
los cuatro primeros plazos
-aquí hay un error pues
las cuentas de Hacienda acreditan que solo se pagaron tres-
., pero habiendo sido trasladado a la inmediata villa de Algatocín,
dejó de pagar los 16 plazos restantes,
y se declara la quiebra
en 1891. Enterado el que expone propuso la venta al Sr. Cura con la condición
de pagar el descubierto y de esta manera evitar una nueva subasta.>>
Años más tardes, en 1903, con ocasión
de la visita a la villa de Gaucín del "ilustre
hombre público, D. Luis de Armiñán Pérez...."
este fue invitado por las autoridades locales a conocer el Castillo y
el paisaje que desde el mismo se divisa, "....
y al ver el mal estado de la ermita, la cual estaba destinada al culto
desde la compraventa, donó 250 pesetas para que se hicieran reparaciones".
El gesto del insigne político, y las relaciones de cariño
que tenía con Gaucín, así como las manifestaciones
de " elogios de las ruinas
y situación del castillo..", fue motivo para que se
le ofreciera algunos de los solares existentes en su interior para que
se edificara sobre ellos una casa en la que podría pasar temporadas
junto a su familia. A este ofrecimiento D. Luis Armiñán
Pérez contestó con una negativa dada su condición
de hombre público.
En 1911, se recibe en el Ayuntamiento de Gaucín
una subvención del Estado por importe de 2.500 pesetas, con destino
a reparaciones generales de la villa. Con este motivo, se convino con
el párroco D. Antonio Oña, aplicar parte de la misma a reparaciones
de la ermita del Santo Niño Dios de Gaucín, haciéndose
por estas fechas la puerta de entrada al templo y otras mejoras.
En
1913, con un donativo ofrecido por la Excma. Señora Marquesa de
Larios, se hicieron otras obras y mejoras, colocándose la puerta
y cancela de la entrada a la fortaleza por el camino de La Laguna "...
la más próxima al templo y arreglando el camino que conduce
desde el pueblo por la parte Sur a la fortaleza..."
Agradecimiento.- A
mi primo José de Molina Serrano (Pepín), por haber conservado
tan importante documento y haber querido que sea este medio el transmisor
de su contenido.
Nota bibliográfica:
Documento de puño y letra firmado
por los intervinientes y por los testigos reseñados.
Carta de Pago de la Hacienda Pública
de la Provincia Málaga.
Fotos.-
Grabados de Robert; El Castillo visto
desde El Cortijo La Gitana, Carta de Pago, Cerámica del Encuentro,
y dos fotos del manuscrito, pertenecen a Gaucín.tv; El Castillo
visto desde El Portillo de Vázquez, es de Jesús Martín
de Molina; El Castillo de Gaucín (Cuadro de Pérez Villamil)
es una foto del Museo del Prado.
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